¿Por qué un Acuerdo de Intercambio Automático de Información de cuentas financieras?
El Acuerdo, promovido en el marco de la OCDE tiene por finalidad acabar con el delito de evasión fiscal y luchar contra el fraude fiscal. Estos actos de una minoría, que no cumple con sus obligaciones tributarias, reducen los ingresos públicos, socaban la confianza en los sistemas tributarios y aumentan la carga sobre los contribuyentes honestos.
¿Qué datos se intercambiarán las autoridades fiscales de los países firmantes?
Los datos que se intercambien serán los relativos a todo tipo de cuentas financieras (depósitos bancarios, valores negociables, participaciones en fondos de inversión, seguros, rentas, etc.) e incluirá datos referentes a saldos, importes percibidos por rentas o transmisiones, así como la identificación de la persona o entidad titular y de quien efectivamente controle la cuenta.
¿Tiene que haber un requerimiento previo para que se haga el intercambio?
No, la información se intercambiará anualmente y de forma totalmente automática, es decir, sin necesidad de requerimiento previo de las autoridades fiscales de cualquiera de los países.
¿Cuándo se intercambiarán los primeros datos entre España y Suiza?
Los primeros datos se intercambiarán en el año 2018 e incluirán toda la información relativa al año 2017.
¿Se intercambiarán de forma automática otros datos, además de los de las cuentas financieras?
No, este Acuerdo Multilateral de intercambio automático de información afecta a las cuentas financieras (de todo tipo) pero no a otros bienes, como los inmuebles, todo ello sin perjuicio de que en base a distintos Convenios de Doble Imposición y Asistencia Mutua en materia tributaria se pueda requerir información individualizada de un contribuyente cuando existan indicios de fraude.
Fuente: Embajada Española en Suiza